Los usuarios de patinetes eléctricos tendrán que adaptarse a nuevas normas a partir del 1 de octubre. La entrada en vigor de parte del nuevo Reglamento General de Circulación incorpora nuevas obligaciones para los vehículos de movilidad personal (VMP), entre ellas el uso obligatorio del casco y una edad mínima de 15 años.
Los cambios se suman a otras exigencias que ya están vigentes, como el seguro obligatorio, la inscripción del vehículo en el registro de la DGT y su correspondiente identificación. Por eso, conviene diferenciar qué cambia ahora y qué requisitos deben cumplirse ya.

📌 Principales normas y obligaciones para los usuarios de patinetes eléctricos.
Casco obligatorio y edad mínima de 15 años
A partir del 1 de octubre, para conducir un patinete eléctrico será necesario haber cumplido 15 años.
También será obligatorio utilizar casco de protección. Además, durante la noche o cuando existan condiciones de baja visibilidad, los usuarios deberán llevar elementos reflectantes que permitan que sean vistos con mayor facilidad por el resto de usuarios de la vía.
Quienes utilicen estos vehículos durante su actividad profesional estarán sometidos a exigencias específicas de protección y visibilidad.
Otra de las novedades afecta a las maniobras. Los usuarios deberán señalizar con el brazo los giros y cambios de dirección, especialmente en aquellos vehículos que no dispongan de indicadores para hacerlo.
Seguro, registro e identificación: esto ya es obligatorio
No todas las obligaciones relacionadas con los patinetes comienzan el 1 de octubre.
Los VMP sujetos a la normativa deben contar con seguro obligatorio de responsabilidad civil y estar inscritos en el Registro Nacional de Vehículos de la DGT.
Tras realizar el registro, el vehículo obtiene un número identificativo y debe llevar colocada de forma visible su correspondiente etiqueta identificativa. Se trata de un código que permite individualizar el patinete y que visualmente puede recordar a una pequeña matrícula.
Circular sin disponer del seguro obligatorio puede acarrear sanciones de entre 250 y 800 euros, dependiendo de las características y consideración del vehículo.
¿Por dónde pueden circular?
Los patinetes eléctricos continúan teniendo prohibida la circulación por las aceras y zonas peatonales.
Además, únicamente puede viajar una persona por vehículo y está prohibido conducir utilizando auriculares o el teléfono móvil.
A estas reglas se suman las limitaciones generales aplicables a los VMP y las condiciones que puedan establecer las ordenanzas municipales para regular su circulación dentro de cada localidad.
¿Qué ocurre con los patinetes antiguos?
También existe una fecha importante para quienes compraron su patinete antes de que comenzaran a exigirse los nuevos certificados.
Los VMP comercializados hasta el 21 de enero de 2024 pueden continuar circulando durante el periodo transitorio aunque no dispongan del certificado exigido a los modelos comercializados posteriormente.
Ese periodo finalizará el 22 de enero de 2027. A partir de entonces, únicamente podrán circular los vehículos que cumplan los requisitos establecidos en el Manual de Características de los VMP.
Las luces tendrán que esperar hasta 2027
Hay otro cambio previsto que no entrará en vigor este octubre. La obligación de circular con el alumbrado del vehículo encendido en todo momento comenzará a aplicarse el 1 de octubre de 2027.
Hasta entonces continuarán aplicándose las obligaciones actuales relativas a iluminación y visibilidad.
Varias fechas que conviene tener claras
La nueva regulación no entra en vigor de una sola vez. El 1 de octubre de 2026 comenzarán a aplicarse algunas de las nuevas obligaciones, mientras que otros requisitos ya están vigentes y determinadas medidas cuentan con periodos transitorios que se prolongarán hasta 2027.
Por ello, los usuarios de patinetes deberán tener en cuenta tanto la normativa estatal como las ordenanzas municipales, que pueden concretar determinados aspectos de la circulación de estos vehículos en cada ciudad.
