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Cómo evitar recibir propaganda electoral en casa: el plazo termina el 19 de octubre

Publicado el 15 de octubre de 2026 a las 23:42

Los ciudadanos pueden solicitar gratuitamente que los partidos políticos no utilicen sus datos para enviar publicidad electoral. El trámite puede realizarse por internet o presencialmente y no afecta al derecho a votar.

Con las elecciones generales del próximo 29 de noviembre cada vez más cerca, los partidos políticos preparan el envío de propaganda electoral a los domicilios. Sin embargo, muchos ciudadanos desconocen que pueden solicitar que sus datos personales no se incluyan en las copias del censo electoral que reciben las formaciones políticas para realizar estos envíos.

El plazo para que esta solicitud tenga efecto en las próximas elecciones finaliza el lunes 19 de octubre de 2026.

Se trata de un procedimiento gratuito, gestionado por el Instituto Nacional de Estadística (INE), que permite evitar las cartas y sobres electorales dirigidos personalmente a cada ciudadano.

Cómo solicitar la exclusión por internet

La forma más rápida de realizar el trámite es a través de la sede electrónica del Instituto Nacional de Estadística.

Estos son los pasos que deben seguirse:

  1. Acceder a la sede electrónica del INE: https://sede.ine.gob.es
  2. Buscar el procedimiento denominado «Solicitud de exclusión/inclusión en copias del censo para propaganda electoral».
  3. Identificarse mediante el sistema Cl@ve o un certificado electrónico admitido.
  4. Consultar la situación actual respecto a la inclusión en las copias del censo destinadas a propaganda electoral.
  5. Seleccionar la opción de exclusión y confirmar la solicitud.

Una vez completado el procedimiento, los datos del ciudadano dejarán de incluirse en las copias del censo electoral que se entregan a los partidos para enviar propaganda personalizada, siempre que la solicitud se haya presentado dentro del plazo correspondiente.

También puede solicitarse presencialmente

Las personas que no dispongan de identificación electrónica pueden realizar el trámite presencialmente.

Para ello, pueden acudir a su ayuntamiento o a una delegación provincial de la Oficina del Censo Electoral y solicitar el formulario correspondiente a la exclusión de propaganda electoral.

Es recomendable llevar el DNI para acreditar la identidad y facilitar la gestión.

¿Qué ocurre si se solicita después del 19 de octubre?

La exclusión puede solicitarse en cualquier momento del año. Sin embargo, para que tenga efecto en las elecciones del 29 de noviembre, debe tramitarse dentro del plazo establecido.

Quienes presenten su solicitud después del 19 de octubre podrán quedar excluidos de los envíos personalizados de futuras convocatorias electorales, pero no necesariamente de los correspondientes a estas elecciones.

¿Hay que repetir el trámite en cada elección?

No. Una de las principales ventajas de este procedimiento es que la exclusión se mantiene para futuras convocatorias electorales.

Por tanto, una vez realizada la solicitud, no será necesario repetirla cada vez que se convoquen elecciones, salvo que el ciudadano decida modificar su situación y volver a recibir propaganda.

¿Dejaré de recibir toda la publicidad electoral?

No necesariamente. La exclusión impide que los datos personales se faciliten a las candidaturas para realizar envíos individualizados de propaganda electoral.

Sin embargo, no evita que puedan llegar al buzón folletos o publicidad repartida de manera general, sin identificar al destinatario.

Tampoco afecta al derecho a votar, a la inscripción en el censo electoral ni a las comunicaciones oficiales relacionadas con el proceso electoral.

La fecha clave es el 19 de octubre. Hasta ese día, los ciudadanos pueden solicitar que sus datos no sean utilizados para el envío personalizado de propaganda electoral de cara a las elecciones del 29 de noviembre.